26Abr2024
Política
Testigos de Alex Saab podrán declarar por Zoom desde Venezuela

El juez federal de Miami a cargo del caso del empresario colombiano Alex Saab, acusado por la justicia estadounidense de lavado de dinero y de ser el testaferro del gobierno de Nicolás Maduro, permitirá que testigos declaren desde Venezuela en la audiencia probatoria.Los testigos anónimos citados por la defensa de Saab podrán ofrecer sus testimonios vía Zoom, desde la Embajada de un tercer país en Caracas, así lo informó en Twitter el periodista de la agencia de noticias AP Joshua Goodman.Las declaraciones de estos testigos presuntamente respaldarán que Saab es un diplomático venezolano con derecho a inmunidad.A principios del mes de septiembre, la defensa de Saab introdujo la solicitud ante la corte de Estados Unidos para que dos de sus testigos principales declararan vía Zoom, alegando que estas personas no cuentan con visas estadounidenses.Aunque se desconocen los nombres de estos ciudadanos, en documentos presentados por los abogados de Saab se menciona que uno de ellos es un funcionario de la Guardia Nacional Bolivariana que trabajó como parte de la seguridad personal de Saab. Mientras que el segundo es un diplomático del gobierno de Maduro que estuvo involucrado en el Consulado venezolano en Cabo Verde.La Fiscalía pidió el pasado lunes que se rechazara la solicitud para permitir las declaraciones por video desde Venezuela. Aseguraron que Saab hizo los mínimos esfuerzos para

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CNE: Hasta el 8 de octubre partidos políticos pueden acreditar testigos

El consejo Nacional Electoral (CNE) informó que hasta el día 8 de octubre, los partidos políticos que postularon candidatos para las elecciones regionales y municipales del 21 de noviembre, podrán acreditar testigos ante los organismos electorales.A través de la red social Twitter, el CNE indicó que a partir del próximo lunes 20 de septiembre los partidos políticos deberán acreditar a sus testigos ante los distintos organismos electorales subalternos de la Junta Nacional Electoral.Asimismo, mediante autorizaciones, deberán indicar el carácter de la credencial así como los datos de los facultados para acreditar a los testigos electorales, incluyendo nombres, apellidos, cédula de identidad, número de teléfono y correo electrónico, además de cualquier otro dato que consideren pertinente, para la credencial ante las Juntas Regionales Electorales, las Juntas Metropolitanas Electorales, las Juntas Municipales Electoral y Testigos de las Mesas Electorales.Seguidamente, deberán consignar las mencionadas autorizaciones ante la Dirección de Correspondencia del Poder Electoral ubicada en la sede principal en Plaza Caracas, o ante las correspondientes Oficinas Regionales Electorales, según su ámbito de actuación.Las diferentes organizaciones indígenas podrán presentar ante el CNE a las personas autorizadas para acreditar testigos ante los distintos organismos electorales. La autorización deberá contener la identificación del representante de la organización indígena, indicando el carácter con el cual actúa.Destaca el Poder Electoral que la planilla con los datos requeridos de

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