3May2024

Las personas admitidas para esta diligencia deben ser venezolanos, mayores de 25 años de edad. En caso de ser extranjeros, deben tener un año o más de residencia en el país

Por: Jose Ignacio Piñango  |   6 Ago, 2023 - 11:50 am

Adoptar a un niño es un proceso que requiere tiempo y trámites específicos para que se concrete la diligencia.

El ente que interviene en estos casos es el Ministerio Público de la Adopción Nacional e Internacional; y se le suma la institución a la que acudan los tramitantes.

Toda la causa termina cuando el tribunal designado emite la orden de adopción, y por ende, el niño o adolescente obtiene su acta de nacimiento con los apellidos de sus nuevos padres.

Documentos para adoptar a un niño

En este trayecto, el centro de adopción debe realizar las entrevistas y evaluaciones necesarias de los solicitantes; y el tribunal hará lo propio para corroborar informaciones y otros aspectos.

De acuerdo al portal web Requisitos Hoy, se conoce que los diligentes deben presentar:

–  Cédula de identidad más copia

–  Partida de nacimiento original y copia

–  Dos fotos de frente de los solicitantes

–  Dos referencias personales que no pueden ser de familiares

–  Acta de matrimonio o concubinato

–  Constancia de Trabajo actualizada

–  Carta de buena conducta

–  Constancia de residencia

–  Informe médico sobre el estado de salud de ambos solicitantes

Proceso para concretar el proceso

De manera escrita o verbal deben presentar una solicitud al Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente.

De acuerdo al artículo 494 de la Lopnna, en el pedido verbal, el Juez está obligado a buscar información del solicitante a través de los registros.

Presentar la solicitud y los documentos antes enunciados.

Si solo uno de los cónyuges comparece ante el juzgado, deberá presentar el formulario de consentimiento estipulado en el artículo 416 de la LOPNNA, reseñó el sitio web Requisitos hoy.

Las personas admitidas para esta diligencia deben ser venezolanos, mayores de 25 años de edad. En caso de ser extranjeros, deben tener un año o más de residencia en el país.

Quienes que dan este paso deben ofrecer todo el bienestar y cuidado al pequeño que elijan para formar parte de la familia; tal como lo dicta la Constitución, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes conocida como (Lopnna) y la Convención de los Derechos del Niño.

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