3May2024
Monagas
A este número puedes denunciar puntos de control no autorizados en Monagas

El pasado 7 de septiembre, quedó establecido en la resolución conjunta N° 109, que todos los ciudadanos podrán realizar grabaciones de los procedimientos a los que sean sometidos en alcabalas y puntos de control.Sumado a esta medida, quien haya sido víctima de una extorsión policial en alguno de estos puntos en el territorio nacional puede presentar una denuncia a través de los números que han dispuesto las autoridades para este tipo casos, interponerla ante el organismo policial al que pertenece el funcionario implicado o dirigirse directamente a la Fiscalía para tramitar un reporte que deberá ser motivo para una investigación de tipo jurídico-penal. MIRA TAMBIÉN Ciudadanos podrán grabar procedimientos en puntos de control y alcabalas MIRA TAMBIÉN Ciudadanos podrán grabar procedimientos en puntos de control y alcabalas La población en general debe suministrar anónimamente los videos o pruebas al Ministerio Publico para proceder de inmediato la detención, de igual manera, deben anotar los datos siguientes datos: Número de Placa del Vehículo o Moto del Funcionario y la hora del hecho. Nombre de la placa que lleva el funcionario en el uniforme o visible el carnet de identidad. Nombre que aparece en el porta nombre del Uniforme. Color del Chaleco. Manchas del Chaleco. Las autoridades precisan además que no se deben permitir las siguientes acciones: No dejar que les quiten el

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Ciudadanos podrán grabar procedimientos en puntos de control y alcabalas

Los ciudadanos podrán realizar grabaciones en los procedimientos a los que sean sometidos en puntos de control y alcabalas policiales y militares. Así quedó establecido en la resolución conjunta N° 109 publicada el 7 de septiembre, firmada por el ministro de la Defensa Vladimir Padrino López y el de Interior y Justicia, Remigio Ceballos.“Ninguna persona podrá ser obligada a entregar sus equipos de telefonía celular o de grabación antes, durante o después del procedimiento de verificación rutinaria que realicen las autoridades en el punto de control, ni a borrar su contenido” se lee en el artículo 20.De acuerdo a la resolución la retención de documentos y pertenencias, incluyendo equipos telefónicos solo podrá realizarse en los supuestos establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal y demás legislación vigente que lo establezca.Se autorizó la supervisión y contraloría de la actuación policial, por lo que funcionarios del Ministerio Público y la Defensoría podrán estar presentes en los puntos de control a fin de garantizar el correcto funcionamiento del dispositivo.“Cada órgano de seguridad ciudadana, cuerpo de seguridad del Estado o la Fuerza Armada Nacional Bolivariana a través del Sistema Defensivo Territorial, deberá establecer un mecanismo continuo de supervisión a los puntos de control bajo su responsabilidad, registrando y orientando las incidencias que ocurran en los mismos; y designando una autoridad específica responsable por ello”,

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