Por decisión del Tribunal Supremo de Justicia, los consejos comunales de nuestro país, podrán emitir cartas de residencia. Así lo establece la sentencia número 3, de fecha 11 de febrero del presente año , decisión que se registra como un acto legítimo y legalmente válido.
La información fue aportada por la institución jurídica a través de su cuenta en Twitter. Donde se hizo referencia a que aunque estas organizaciones
Asimismo, el tribunal detalló que aunque estas organizaciones fueron creadas al margen de la Constitución, para la Sala Político Administrativa del máximo tribunal del país se trata de instancias de participación ciudadana que son reconocidas por la Constitución Bolivariana de Venezuela en sus artículos 62 y 79.
Es así como de ahora en adelante serán los consejos comunales quienes puedan emitir la carta de residencia, acción que se ejecutaba anteriormente por el registro civil y junta parroquial en los municipios.