El voto es un derecho consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Es inalienable y la herramienta clave para la perpetuidad de la democracia.
No hay funcionario o persona alguna que pueda impedir que un ciudadano, que se rige por los estatutos del Consejo Nacional Electoral (CNE) y las leyes venezolanas, pueda impedir que este ejerza su derecho universal.
Sin embargo, hay algunas normativas explícitas en el reglamento del ente comicial, como la Ley Orgánica de Procesos Electorales, así como normas mínimas de los centros de votación, que deben ser tomadas en cuenta, para no perder dicho derecho.
En el título IX referente al acto de votación de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, en su artículo 128, se explica claramente que el elector no puede pasar a la zona de la máquina de votación acompañado.
Evidentemente, esta normativa tiene su excepción.
Las personas analfabetas, de la tercera edad, invidentes o con cualquier otra discapacidad que impida su desenvolvimiento solo, podrán ir con una persona de su confianza, hasta la máquina de votación para ejercer su derecho de manera asistida.
Los ciudadanos que sirven como ayuda a los votantes que necesitan ayuda, no podrán asistir a una segunda o tercera persona.
El artículo 129 habla específicamente sobre la prohibición a nivel nacional de la tenencia de armas de fuego o armas blancas.
Solamente están autorizados en todo el territorio para portar armas durante la jornada de votación, a los efectivos militares y policiales adscritos al Plan República.
El artículo 130 prohíbe la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional.
El artículo 131 habla sobre la prohibición de reuniones y espectáculos públicos, los cuales quedan suspendidos por un lapso no menor a 24 horas antes y después del proceso de votación.
En cada centro de votación se giran instrucciones sobre normas y códigos de vestimenta, que son recomendables seguir al paso.
El uso de vestimenta alusiva a cualquier partido político al momento de sufragar está prohibida. Esto amparado en las regulaciones del título VII de la Ley orgánica del Sufragio y Participación Política, concerniente a la campaña electoral.
Por otra parte, el uso de ropa considerada no adecuada para el evento electoral, como short, faldas cortas, franelillas, escotes y otros, es recomendable no utilizarla al momento de ingresar al centro de votación.
Otros utensilios que están prohibidos son cascos y lentes oscuros.
Es importante que tenga en cuenta que el material electoral, como boleta, ticket o cuadernos, no pueden ser sustraídos del centro de votación y mucho menos destruidos. Esto puede terminar en una sanción penal.
En todo evento electoral de envergadura en Venezuela, tanto funcionarios del Consejo Nacional Electoral, como de la propia Fiscalía del Ministerio Público y del Plan República, son desplegados en todo el territorio nacional. Esto para atender cualquier situación u anomalía durante y posteriormente a los comicios.
En cada sede regional y municipal del CNE se desplegará la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC) para atender las irregularidades.
Además, el propio Fiscal General Tarek William Saab, anunció en días pasados que han dispuesto de 1236 fiscales a nivel nacional. Dichos funcionarios estarán atentos las 24 horas durante el proceso del 28 de julio, así como los días siguientes.
La Fiscalía ha dispuesto la Oficina de Atención Al Ciudadano en sus diferentes sedes. Estarán operativas en 24 estados y dependencias federales del país, para este proceso de elecciones presidenciales del #28Jul.
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