La Asociación Civil Venezolana Súmate ha solicitado a los rectores del Consejo Nacional Electoral (CNE) y sus 24 ORE activar operativos especiales, para poder ampliar la red de puntos permanentes del registro electoral, para garantizar el derecho al voto, a más de seis millones de venezolanos en el país, para las próximas elecciones presidenciales de cara al 2024.
Una nota de prensa de la referida organización reseña que la activación de operativos especiales y la ampliación de la red de puntos permanentes para la actualización del registro electoral (RE), debe ser iniciados desde este mismo año 2022 para garantizar el derecho al voto a más de 6 millones de venezolanos que requerirían inscribirse o actualizar sus datos para poder participar en la Elección Presidencial.
La Asociación Civil explica que además al registro electoral se le debe agregar los cuatro millones de connacionales en el exterior que están en situación similar.
La Organización Ciudadana en las cartas entregadas al directorio del CNE, Comisión de Registro Civil y Electoral y Oficina Nacional del Registro y en las 24 ORE (Amazonas, Anzoátegui, Apure, Aragua, Barinas, Bolívar, Carabobo, Cojedes, Delta Amacuro, Distrito Capital, Falcón, Guárico, La Guaira, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta, Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo, Yaracuy, Zulia); les exhorta a garantizar el derecho al voto a todos los venezolanos mayores de 18 años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 63 de la Constitución de la República: “El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas…”
Agrega, que también deben cumplir con lo estipulado en el artículo 293, numeral 7, constitucional que expresa que es función del Poder Electoral “Mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral”, la cual está desarrollada en su artículo 33, numeral 18, de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE), que prescribe como función legal del CNE: “Garantizar la oportuna y correcta actualización del registro electoral, en forma permanente.”
Agrega, que aunque el proceso de actualización en el registro electoral es continuo según el artículo 28, numeral 2, de la LOPRE, el mismo actualmente está limitado y concentrado en las sedes de las 24 sedes de las ORE del CNE, lo cual es un obstáculo para los venezolanos en edad para votar, que requieren inscribirse o actualizar sus datos de nueva residencia y centro de votación, y que viven en sectores lejanos a la capital de su entidad federal; por lo cual les recuerda en esta solicitud, que están obligados según lo previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) a que funcionen “…los centros de inscripción y actualización, con los siguientes criterios: 1. Facilidad de acceso para los electores y las electoras. 2. Presencia en los sectores de difícil acceso y/o de mayor concentración poblacional.. 3. Garantía para todos los sectores de la población…” (Resaltado nuestro).
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