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La Corte Penal Internacional (CPI) pide a Venezuela presentar “una réplica, que no exceda 10 páginas, a más tardar el 20 de abril” para responder a un argumento del fiscal Karim Khan, quien desestimó las razones presentadas por Caracas en torno a la reapertura de la investigación por presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en el país caribeño.
Esta fue la reacción de la Sala de Cuestiones Preliminares a la solicitud de Caracas, que había pedido su autorización para “responder a varios elementos” señalados por el fiscal “como máximo el 28 de abril”, y que tendrá que presentar ahora ocho días antes.
Los puntos que Venezuela pretende responder son, en concreto, dos: una comparación de la evaluación del fiscal con la de la sala de cuestiones preliminares a la hora de iniciar las investigaciones; y la forma en la que “la supuesta intención discriminatoria se reflejaría en los procedimientos internos”.
“Considerando el alcance limitado de la réplica, y con el fin de asegurar la conducción expedita del procedimiento, la Sala invita a Venezuela a presentar una réplica, que no exceda las 10 páginas, a más tardar el 20 de abril de 2023”, señaló la Sala, que sólo autorizó al Gobierno venezolano a contestar a la primera cuestión de carácter legal, pero no a la segunda.
El pasado 1 de noviembre, Khan solicitó a la Sala autorización para continuar con la investigación sobre los presuntos crímenes de lesa humanidad en Venezuela, después de que quedara en suspenso a solicitud de Caracas. Dos semanas después, la Sala pidió a Venezuela presentar sus observaciones sobre la solicitud del fiscal.
El 1 de marzo, el fiscal recibió unas observaciones presentadas por Venezuela, a las que respondió en un documento transmitido a Caracas el día 28 del mismo mes. En su reacción formal, Venezuela pidió más tiempo para contestar a estos dos puntos concretos y sostuvo que la respuesta del fiscal “planteó una nueva cuestión que el Estado no podía haber anticipado razonablemente” .
El fiscal señaló entonces, el 31 de marzo, que los temas identificados por el equipo legal venezolano “no son nuevos” y “podrían haber sido razonablemente anticipados”, pero dejó en manos de la Sala la decisión de dar o no más tiempo a Caracas y autorizar los puntos a los que puede responder..
El reglamento de la CPI dispone que el país o el fiscal «solo podrá contestar a una respuesta con el permiso de la Sala” y que esta “debe limitarse a cuestiones nuevas planteadas en la respuesta, que el participante que reacciona no podría haber previsto razonablemente”, dice literalmente la norma.
En este sentido, la Sala consideró que la cuestión relacionada con la “evaluación” del fiscal es algo que Caracas “no podría haber anticipado” y por eso tiene hasta el 20 de abril para responder, pero dejó fuera la cuestión “discriminatoria” porque esta sí “podría haberse anticipado” de argumentos presentados anteriormente, por lo que esto “no merece una respuesta”, señala la Sala.
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