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Política

CNE establece sanciones monetarias para quienes no presten servicio electoral el 28-Jul

Las multas por incumplimiento al servicio electoral pueden oscilar entre 15 y 50 unidades tributarias, es decir, entre 3,71 y 12,37 dólares estadounidenses, informó el CNE en su página web

Mauricio Bolivar
Redactado por: Mauricio Bolivar
Publicado:29 junio, 202410:15 am
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CNE establece sanciones monetarias para quienes no presten servicio electoral el 28-Jul

El Consejo Nacional Electoral (CNE) estableció un marco sancionatorio para aquellos ciudadanos que no cumplan con sus obligaciones electorales como miembro de mesa en los comicios presidenciales del 28 de julio.

En su página web, la institución señala que las multas por incumplimiento al servicio electoral pueden oscilar entre 15 y 50 unidades tributarias, es decir, entre 3,71 y 12,37 dólares estadounidenses.

Además, se contempla la posibilidad de imponer un arresto de un día por cada unidad tributaria impuesta por el organismo. Estas sanciones tienen como objetivo «incentivar» el cumplimiento de los deberes electorales y la participación.

«Quienes incumplan injustificadamente con el Servicio Electoral Obligatorio, serán sancionados con multas equivalentes a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) y cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria», notificaron.

Cabe resaltar que los electores seleccionados deberán prestar servicio en las funciones que les asigne la Junta Nacional Electoral y el CNE durante un año a partir de la fecha de selección, que en este caso fue el pasado mes de abril.

Deber constitucional

Su cumplimiento se detalla en el artículo 134 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en donde señala que: «Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electorales que se les asignen de conformidad con la ley». Asimismo, en los artículos 111 y 50 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales se precisa que el servicio es de «carácter obligatorio» y que es un deber constitucional.

Las obligaciones que deben cumplir en el proceso es asumir en la jurisdicción que le corresponde la «ejecución y vigilancia de los procesos electorales. Fungirán como autoridades de los organismos electorales subalternos por el lapso de un año, a partir de la fecha del sorteo público en el cual fueron seleccionados para tal fin».

¿Cuáles son las excepciones para prestar el servicio?

Los ciudadanos que fueron seleccionados por el Poder Electoral podrán notificar su baja del servicio siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

1.- Ser mayor de sesenta y cinco años de edad.

2.- Tener alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes.

3.- Ser candidato en el proceso electoral, ejercer un cargo de dirección nacional o regional en una organización con fines políticos o ser promotor o promotora de un grupo de electores y electoras.

4.- Prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio y aquellos trabajadores y funcionarios que en razón de la naturaleza de sus labores le impide asistir a desempeñar sus funciones el día de las votaciones.

Los interesados pueden consignar las excepciones al Servicio Electoral Obligatorio en la Oficina Regional Electoral de su jurisdicción únicamente en un lapso de diez días hábiles luego de la publicación de la selección en la Gaceta Electoral.

Inicia proceso de capacitación virtual para miembros de mesa

El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha puesto en marcha desde este viernes 28 de junio un proceso de capacitación virtual para los 900.780 electores seleccionados como miembros de mesa en las elecciones presidenciales que se llevarán a cabo el 28 de julio.

Para acceder a la formación, los electores deben verificar si fueron seleccionados como miembros de mesa en el sitio web del CNE por medio del «Registro electoral definitivo».

Una vez que se ha confirmado la elección como miembro de mesa, en la página web del CNE aparecerán unos banners entre los que se debe seleccionar «capacitación de miembros de mesa», para luego acceder a la plataforma ECAP y llevar a cabo la capacitación.

En la nueva página, se debe hacer clic en «Registrar cuenta de usuario» e ingresar los datos personales solicitados para verificar la identidad: cédula, nombres, apellidos, teléfono, correo electrónico. En caso de tener dificultades para ingresar la información, se puede utilizar la opción de la lupa en la esquina superior derecha para cargar los datos automáticamente.

Luego, se debe hacer clic en «Configuración de contraseña» y seguir los pasos correspondientes para obtener la clave y poder iniciar sesión en la plataforma.

Las pruebas consisten en preguntas de selección simple, selección múltiple y verdadero o falso. Aunque el manual no especifica la cantidad de respuestas correctas necesarias para aprobar, indica que en caso de no hacerlo, la capacitación se da por terminada.

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