Luego de que el Ministerio de Transporte emitiera la Resolución 20223040044715 del 3 de agosto de 2022 por la cual se reglamenta el uso del Permiso de Protección Temporal (PPT) de los venezolanos para los trámites de tránsito, será a partir de este domingo 12 de febrero que los venezolanos en Colombia que tengan este documento podrán comenzar a diligenciar la licencia de conducir ante el Registro Único Nacional de Tránsito en Colombia.
Así lo dio a conocer Eduardo Battistini, director de la Ruta Araguaney, programa de apoyo para los venezolanos en Colombia.
Dicha Resolución rige en toda Colombia y aplica a la población mencionada con PPT a las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte, a los Organismos de Tránsito, Organismos de Apoyo al Tránsito, Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y al Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones al Tránsito (SIMIT).
La demora entre la emisión de la resolución y el inicio de su aplicación tuvo que ver con temas de habilitación del sistema, según se detalla en el documento publicado por el Registro Único Nacional de Transporte.
Adicional a la licencia, los venezolanos con permiso de protección temporal tendrán la posibilidad de pagar el SOAT y la revisión Técnico-Mecánica y emisiones contaminantes, y de igual forma pagar las multas, en aquellos casos que aplique, asumiendo las responsabilidades de la misma.
La vigencia que tiene esta resolución se extiende hasta el mismo plazo fijado para los Permisos por Protección Temporal, el cual finaliza el 30 de mayo de 2031.
En la resolución se precisa que si Migración Colombia cancela el PPT de un venezolano cualquier documento de tránsito asociado de dicho documento queda cancelado automáticamente. “La cancelación automática de cualquier documento de tránsito implica la entrega obligatoria del documento a la autoridad de tránsito competente”.
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