El venezolano Wilkerson Slyke Hernández Sánchez lamentablemente se convirtió en un punto negativo contra los migrantes venezolanos residentes en Colombia, alguien que nos lleva a avergonzarnos por un lado ante la evidencia de los hechos; pero que, por otra parte, nos coloca ante la tragedia de la inmigración descontrolada de compatriotas que a todos nos duele.
Ante un juez de Bogotá fue presentado por la Fiscalía el ciudadano venezolano que fue capturado por el asesinato del patrullero Edwin Caro Gómez, de 24 años, este pasado miércoles. El policía murió de un impacto de bala en el rostro cuando cumplía con un procedimiento de requisa de dos hombres sospechosos con morral de domiciliarios que se movilizaban en una moto negra de placas QDD 08E de Funza (Cundinamarca).
Hernández Sánchez acompañaba a otro inmigrante que no ha sido identificado aún. Su captura se realizó minutos después del asesinato del patrullero Caro en la carrera 7 con calle 79 B, luego de una persecución de un policía y un escolta. De acuerdo con el informe de la Policía y el relato del compañero del patrullero Caro, el ciudadano fue quien supuestamente habría disparado contra éste.
Según la fiscal del caso, el agente Jhonatan Andrés Baquero realizó la captura en flagrancia por el delito de homicidio agravado.
El uniformado hace parte de un esquema de seguridad de un funcionario de la Presidencia de la república que en ese momento transitaba por el sector de El Nogal y atendió la solicitud de apoyo realizada por el compañero de Caro.
En la narración de los hechos, la fiscal del caso cuenta que en la persecución Baquero se encontró con ciudadanos que le decían que el hombre iba armado. Baquero le gritaba que se detuviera.
Finalmente, el uniformado le dio alcance y realizó el procedimiento de captura. Luego lo trasladó a pié, pero en el recorrido ciudadanos se acercaron y lo empezaron a golpear con cascos, puños y patadas.
Dentro del material probatorio se encuentran la motocicleta de los dos hombres y las armas que portaba Hernández, quien la botó entre unos arbustos, cuando huía; y la del otro hombre que murió en el lugar de los hechos.
También están los testimonios del policía que realizó la captura y del agente José David Carvajalino, compañero de Caro; así como el testimonio de una ciudadana de la zona donde ocurrieron los hechos.
El sindicado, según señaló la fiscal, fue trasladado a una clínica donde fue atendido por las heridas que le causaron miembros de la comunidad con golpes de cascos y puños. La funcionaria judicial indica también que el agente Baquero protegió al ciudadano venezolano de la comunidad enfurecida y se lo entregó a los policías que había solicitado apoyo por radio. El capturado fue puesto a órdenes de la Fiscalía a las 5 de la tarde. En los hechos, de acuerdo con la narración, el también patrullero José David Carvajalino, quien acompañaba a Caro, presentaba también heridas que sufrió en medio del intercambio de disparos. El agente Baquero, al llegar al lugar de los hechos, se encontró con Carvajalino, quien reconoció a Hernández como uno de los sospechosos que estaban requisando y que tenían dos armas en el morral de domiciliario.
También se informó que Hernández presenta huellas de heridas sufridas en el pasado. Sin embargo, no se precisó con qué tipo de armas habrían sido causadas. Por solicitud de la procuradora delegada para el caso, Beatriz Jiménez, el juez 79 suspendió la audiencia.
Jiménez dice que en el informe la captura fue a las 3:15 y que esa hora corresponde con la distancia que habrían recorrido. Dijo que están dentro del turno y está satisfecha con la línea de tiempo de los hechos. De lo que se puede inferir, sí se le pusieron en conocimiento los derechos al capturado. También indica que Hernández no dio información sobre familiares.
Sí señaló que el Estado debe garantizarle los derechos al capturado con el fin de que sea maltratado. Y pidió investigar el origen de las lesiones que presenta. No obstante aclara que al respecto están las versiones de dos agentes y de algunos ciudadanos, las cuales coinciden y le dan crédito a las mismas.
«No se presentó, durante la captura, vulneración alguna a la persona«, afirmó Jiménez, quien solicitó al juez proceder a la legalización de la captura de Hernández.
El abogado Víctor Chaparro, asignado como defensor, alegó al juez que el capturado le había manifestado que en el cruce de disparos se bajó de la moto y empezó a correr a lo largo de cuadra y media, donde fue interceptado por un militar, dos escoltas y un policía.
Él manifiesta que estas personas «lo maltrataron» y que la médica que lo atendió también «lo regañó y lo ultrajó«. Ante esto, el abogado defensor le pidió al juez tener en cuenta este aspecto al momento de referirse a la captura y «se declare ilegal la captura por haber sido objeto de maltrato«.
El juez del caso desestimó las presuntas agresiones que habría sufrido el capturado e indicó el procedimiento de captura «se ajusta a los mandatos constitucionales y no se le ha violado ningún derecho» al ciudadano venezolano..
«Declarar la legalidad de la captura por el delito de homicidio agravado«, agregó el juez que legaliza la captura. También declaró que procede la incautación con fines de decomiso de la motocicleta, donde eran transportadas las armas que fueron utilizadas en le asesinato del patrullero Caro Gómez. Al finalizar la audiencia, la fiscal del caso le imputó cargos a Hernández Sánchez por homicidio agravado consumado, tentativa de homicidio -en el caso del patrullero Carvajalino- y porte ilegal de armas. El delito homicidio agravado le daría a Hernández una pena de 400 a 600 meses de prisión en el caso de ser condenado por un juez.
Mientras se cumple el juicio, el venezolano Hernández Sánchez deberá permanecer en un establecimiento carcelario. Sin embargo, no aceptó los cargos y dijo que él no le disparó al patrullero Caro, sino que fue su acompañante, de quién hasta ahora las autoridades desconocen la identidad. También pidió que fuera trasladado a su país.
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