Por orden de la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), las entidades financieras del país tienen prohibido emitir créditos en divisas. Asimismo, los bancos que quieran promocionar productos, instrumentos o servicios deberán contar con una autorización previa del órgano gestor.
En tal sentido, Sudeban considera “créditos” todo arrendamiento financiero, descuento, reportes de garantías y demás modalidades de financiamiento emitidas por una institución bancaria y, por lo tanto, deben hacerse en bolívares.
“Considerando que el Banco Central de Venezuela tiene a su cargo regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero, el manejo de los fondos correspondientes a las captaciones en moneda extranjera por parte de los bancos receptores de los depósitos en las cuentas en divisas se encuentra sujeto a las instrucciones que al efecto imparta al referido ente”, reza un comunicado emitido por Sudeban.
Frente a este escenario, “se prohíbe a las Instituciones Bancarias otorgar créditos en moneda extranjera con los recursos obtenidos a través de la captación que resulte de los depósitos del público en moneda extranjera o cualquier otra modalidad, sin contar con la previa autorización del Banco Central de Venezuela y de esta Superintendencia”.
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