El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) emite las autorizaciones para la Prestación de los Servicios de Transporte de Pasajeros (CPS) para que los conductores formen parte del gremio de transporte de manera legal.
La CPS se divide en 2 modalidades, que son las siguientes: la DT9, que es el permiso dado para operar un transporte que tenga de 5 a 32 puestos.
Mientras que la DT10 es el documento requerido para poder prestar servicio a unidades que contengan 32 o más asientos.
El Artículo 111 de la Ley de Transporte Terrestre clasifica las rutas como: urbanas, suburbanas e interurbanas.
Estas son las vías que tienen permitido el paso de unidades de transporte que estén previamente registradas en el INTT como un autobús de pasajeros.
Inspección
Los choferes pueden realizar el registro de unidades ante el INTT, junto con el aval de terminal público o parada terminal (original y vigente), firmado por el Representante de la Administradora del terminal o Autoridad Municipal competente.
Tal documento especifica el uso de las rutas a transitar, el horario y otros datos de importancia.
El INTT, como ente encargado, está en el derecho de realizar una inspección a la unidad de transporte y verificar que cuente con:
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