En Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.740, de fecha 21 de marzo de 2023, fueron publicados tres decretos presidenciales con nombramientos de funcionarios del alto Gobierno venezolano.PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICADecreto N° 4.789, mediante el cual se nombra al ciudadano Pedro Rafael Tellechea Ruiz, como Ministro del Poder Popular de Petróleo.Decreto N° 4.790, mediante el cual se nombra al ciudadano Héctor Andrés Obregón Pérez, como Vicepresidente Ejecutivo de la Empresa Estatal Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA); y al ciudadano Luis Enrique Molina Duque, como Vicepresidente de Exploración y Producción de la Empresa Estatal Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA).Decreto N° 4.791, mediante el cual se nombra al ciudadano Román Daniel Maniglia Darwich, como Viceministro de Economía Digital, Banca Seguros y Valores, del Ministerio del Poder Popular de Economía, Finanzas y Comercio Exterior.Visualiza la Gaceta aquí: https://drive.google.com/file/d/10Vj9DwX9n0ZqUSXjNvVloDTWyY_oeXYY/view
La nueva providencia que regula la figura de los Sujetos Pasivos Especiales (SPE) publicada por el Seniat en Gaceta Oficial, contiene importantes modificaciones, entre las que destacan la sustitución de la Unidad Tributaria como unidad de cuenta por el tipo de cambio de mayor valor y la exclusión de los productores primarios del sector agropecuario, emprendedores y otras organizaciones que a partir de la vigencia de esta norma no pueden ser designados como contribuyentes especiales.La providencia numerada como SNAT/2023/000005 aparece en la Gaceta Oficial N° 42.588, de fecha 14 de marzo de 2023.De acuerdo con un reporte Tax Alert de la firma consultora EY Venezuela, estos son los cambios que caracterizan a la nueva providencia:En primer lugar, se modifica la redacción del artículo 1 para darle un rol más activo a la administración tributaria, ya que deja expresamente claro que el organismo «podrá calificar» como Sujetos Pasivos Especiales a las personas naturales y jurídicas que se ajusten a los parámetros establecidos en la norma.Adiós a la unidad tributariaEl artículo 2 contiene la primera modificación importante:– «Las personas naturales que hubieren obtenido ingresos brutos iguales o superiores al equivalente de siete mil quinientas (7.500) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela, conforme a lo señalado en su última declaración
El Ministerio de Educación, a través de la Gaceta Oficial número 42.505 del martes 15 de noviembre, estableció nuevos horarios de clase en todas las instituciones educativas públicas y privadas de todo el país, fijando la duración de cinco horas académicas en lo que respecta a la Educación Básica. Es decir, la hora académica se reduce de 45 a 35 minutos.Contempla el texto que cada escuela debe incorporar actividades de aprendizaje para fortalecer valores de «hermandad, solidaridad, cooperación y compañerismo» que les permita desarrollar «habilidades y destrezas para la vida», sea dentro o fuera del recinto de estudios.Con respecto a la Educación Media, el Ministerio de Educación resalta que se debe respetar el esquema de cinco horas académicas, pero divididas en bloques de 80 minutos de lunes a viernes «sin día libre» para los alumnos; teniendo en cuenta que la organización de los horarios también responde a las características geográficas de cada región.Se resalta que aquellas instituciones públicas que tengan horario de atención integral, es decir que trabajen corrido, pasan a ofrecer clases en doble turno. El argumento de esto es «para atender a las comunidades que presenten nudos críticos en la inclusión del 100 % de escolaridad o prosecución en el nivel de Educación Media».Hace el señalamiento de que en aquellos liceos donde no se necesite pasar al doble
En la Gaceta Oficial No. 42.412, de fecha 6 de julio, la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) publicó la resolución que establece el nuevo requisito de constitución de capital social para la Banca, que, de acuerdo con el documento, es equivalente a un monto no menor a 3 % del valor del activo expresado en los balances de publicación al 31 de diciembre de 2021.De esta manera, el organismo regulador actualiza los niveles de capitalización del sistema bancario, que tenían tiempo absolutamente desactualizados, debido a los impactos de la prolongada depresión económica que se produjo en el país.La norma establece un plazo de seis meses para que las entidades hagan la actualización de capital social correspondiente. El pago y la suscripción de estos aportes de capital podrán hacerse en dos partes.La Sudeban establece que la capitalización debe hacerse en no menos de 60 % con aportes de dinero en efectivo de los accionistas de cada institución y el restante 40 % podrá constituirse con la capitalización de resultados acumulados.Igualmente, la resolución establece un mecanismo para el reconocimiento de activos condicionados.Capital mínimo para operarIgualmente, la resolución establece nuevos requisitos mínimos de capital social para constituirse para bancos y casas de cambio: 1.200.000 veces del tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela para las
Las importaciones de productos representados en 3.196 códigos arancelarios continuarán exoneradas de pagar los impuestos y tasas de importación correspondientes, así como el Impuesto al Valor Agregado (IVA) hasta el 31 de diciembre de este año, de acuerdo con lo previsto en el decreto N° 4.683, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.697, de fecha 1 de mayo de 2022.En el artículo 4 del Decreto se establece que las importaciones de los productos representados por los códigos arancelarios incluidos en el Apéndice III de esta norma necesitarán la previa presentación de Certificado de No Producción Nacional o Producción Nacional Insuficiente (CNP /CPNI) como requisito indispensable para obtener las exoneraciones.Los rubros incluidos en este apéndices son medicamentos, tanto principios activos como fármacos preparados para la venta al por menor; insumos médicos como gasas y vendas con fines clínicos, quirúrgicos, odontológicos y veterinarios; y otros productos para especialidades médicas.El artículo 18 del decreto prevé que «sin menoscabo de lo dispuesto en este Decreto, el Ministro o Ministra del Poder Popular con competencia en materia de economía, finanzas y comercio exterior podrá, mediante Resolución, incorporar o extraer códigos arancelarios de los Apéndices y artículos de este Decreto, así como crear Apéndices, conforme a los lineamientos del Ejecutivo Nacional».El instrumento establece en su artículo 5 que «… al momento de registrar su declaración,
Este 16 de marzo se dio a conocer en Gaceta Oficial el nuevo aumento del salario mínimo y de pensiones en el país, anunciado recientemente por el presidente Nicolás Maduro.De acuerdo con el Decreto N° 4653 de la Gaceta Oficial N° 6.691 extraordinario, con fecha del 15 de marzo de 2022, «se aumenta el salario mínimo mensual obligatorio así como el monto de las jubilaciones y pensiones».El decreto contempla que el ingreso mínimo queda establecido en 130 bolívares.«El monto de salario diurno por jornada será cancelado con base al salarió mínimo mensual a que se refiere este artículo, dividido entre 30 días», señala.Es decir, el ingreso diario es equivalente a 4,33 bolívares y tiene vigencia desde el 15 de marzo.«Este decreto entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela», refiere.Salario para menores de edadDe igual forma, el artículo 2 del decreto contempla un salario mínimo mensual obligatorio de 97,50 bolívares para los adolescentes y aprendices.Pensiones y jubilaciones«Se fija como monto de las pensiones de los jubilados, las jubiladas, los pensionados y las pensionadas de la administración pública, el salario mínimo nacional obligatorio (130 bolívares)», establece el decreto en el artículo 4.CestaticketEl decreto N° 4.654 de la misma Gaceta Oficial se refiere al componente del ticket de alimentación.«Se fija el cestaticket
La reforma del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), aprobada recientemente por la Asamblea Nacional (AN), fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.644, fechada el pasado 17 de septiembre del año 2021.De acuerdo a la publicación, entre los principales cambios, la reforma incluye un artículo con derechos para las víctimas, aunque no sean querellantes en un proceso judicial, en los siguientes términos:1. Presentar querella e intervenir en el proceso conforme a lo establecido en este Código.2. Solicitar las diligencias de investigación necesarias para el esclarecimiento de los hechos. El fiscal deberá pronunciarse sobre dicha solicitud en el lapso de tres días. En caso de falta de pronunciamiento del fiscal dentro de este lapso o en caso de negativa, la víctima podrá acudir ante el tribunal competente, para que se pronuncie sobre la pertinencia y necesidad de las diligencias solicitadas y las acuerde de ser procedentes.3. Ser informada de los avances y resultados del proceso cuando lo solicite y tener acceso al expediente aun cuando no se haya querellado.4. Delegar de manera expresa su representación en abogado de confianza mediante poder especial, en el Ministerio Público (MP) o en asociaciones, fundaciones y otros entes de asistencia jurídica, y ser representada por estos en todos los actos procesales, incluyendo el juicio, conforme a lo establecido en este Código.5. Solicitar medidas de
En la Gaceta Oficial número 42.185, con fecha 6 de agosto de 2021, y bajo el decreto N° 4.553, quedó establecido el cono monetario que entrará en vigencia el próximo primero de octubre.Se señala, en el artículo 1 de la normativa, que se expresará la unidad del sistema monetario de Venezuela en el equivalente a 1 millón de bolívares actuales. MIRA TAMBIÉN Patria inició la entrega del Bono Generación de Oro MIRA TAMBIÉN Patria inició la entrega del Bono Generación de Oro “El bolívar resultante de esta nueva expresión continuará representándose con el símbolo ‘Bs’, siendo divisible en cien (100) céntimos. En consecuencia, todo importe expresado en moneda nacional antes de la citada fecha deberá convertirse a la nueva unidad, dividiendo entre un millón (1.000.000)”, expuso.A partir del primero de octubre los precios, salarios y demás prestaciones sociales deberán expresarse conforme al bolívar en su nueva escala. También los tributos y otras sumas en moneda nacional contenidas en estados financieros u otros documentos contables, o en títulos de crédito y en general, además de cualquier operación o referencia expresada en moneda nacional.En la normativa se explicó que las expresiones en bolívares contenidas en todo instrumento, acto o negocio jurídico vigentes hasta el 30 de septiembre de 2021, que mantengan sus efectos legales con posterioridad a esa fecha, se entenderán automáticamente expresados en la nueva
Gobierno Nacional fija tarifas para la contabilidad, análisis y evaluación de los costos para lo que implica la atención médica a los pacientes que resulten infectados por coronavirus.El baremo de estos costos quedaron establecidos en la Gaceta Oficial N° 42.053, con fecha del 22 de enero de 2021 y entran en vigencia luego de su publicación.La información fue detallada por Eneida Laya, representante ministerial en el país, quien refirió que la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos activará un proceso de vigilancia para dar cumplimiento al comportamiento de estos precios en los centros de salud privada.“El precio aplicable deberá ser pagado en bolívares y se calculará con base en el Petro» así refleja en detalles la Gaceta Oficial, que fue publicada en la página de web de Sunacrip.Con esta medida, afirma la autoridad sanitaria, se pretende proteger al pueblo que decide hacer uso del sistema de salud privada. Por otra parte, informó que se mantiene activa la supervisión de los equipos médicos que se utilicen para la atención de los pacientes con Covid-19, así como del personal asistencial, las condiciones mínimas del centro de salud, para verificar si se mantienen en concordancia con el estado de salud del paciente.
En comparación con años anteriores, la zafra navideña se ha visto disminuida en más de un 60% de viajeros Afirmando que sólo un 40% de pasajeros ha transitado por el Terminal Interurbano de la ciudad de Maturín, María Mata directora del mismo detalló que en comparación con años anteriores la zafra de pasajeros se ha mantenido al mínimo. Considera que la realidad pudiera obedecer a las medidas de seguridad que , por Covid-19; vienen implementando los pobladores de la entidad monaguense. MIRA TAMBIÉN Refuerzan medidas de seguridad en Terminal de Maturín MIRA TAMBIÉN Refuerzan medidas de seguridad en Terminal de Maturín No obstante, observa que si se registra un repunte de viajeros hacia los estados fronterizos, principalmente a las ciudades de San Cristóbal y Santa Elena de Uairen al sur del país. «Aunque algunos viajeros han tomado como destino único Puerto La Cruz, Carúpano, Cumaná, Valencia y Caracas; observamos que la gran mayoría viene saliendo a los estados fronterizos» dijo la funcionaria, destacando que dentro del estado los destinos mayormente solicitados son Caripe, Ezequiel Zamora y Bolívar.En este mismo sentido y haciendo referencia al precio actual de los pasajes, la directora del Terminal Interurbano de Maturín aclaró que las funciones del ente que representa, están relacionadas con el interés de prestar un mayor y mejor servicio a los usuarios, y que
Aún cuando el Gobierno Nacional no lo ha anunciado públicamente, el director general del Cendas-FVM, Oscar Meza, afirmó que el salario mínimo integral ascendió de 400.000 a 1.200.000 bolívares.A través de un contacto vía Whatsapp, Meza declaró ante El Periódico de Monagas que dicho aumento salarial comenzó a ser depositado a los pensionados desde el 1 de noviembre. “Efectivamente, el salario mínimo ya es de 1.200.000 y comenzó a ser depositado a los pensionados”, dijo.Indicó que los trabajadores públicos también cobraron su mensualidad por anticipado, tal como lo anunció Maduro en cadena y el cual fue divulgado en redes sociales por parte de la Onapre.Asimismo, señaló que la Gaceta Oficial podría estar saliendo en los próximos días y que «el Gobierno no lo anuncia en cadena desde hace tiempo porque sabe el impacto que tiene el salario mínimo en los precios que han pasado a ser aumentos nominales». “Es decir, mientras en Monagas la harina de maíz, por ejemplo, cuesta hasta 500.000, en Caracas puede llegar a estar más de 700.000 bolívares y es por eso que la inflación y el dólar liquidaron completamente al bolívar y el salario”, explicó al referirse a los aumentos nominales.Puntualizó que aunque el salario contempló un crecimiento del 200 por ciento, estaría llegando escasamente a unos 2 dólares.