24Abr2024

Freddy Bernal dijo que habían desacuerdos con el gobierno colombiano para abrir la frontera por lo que seguirá cerrada por tres meses más

Por: Ernestina Herrera  |   2 Jun, 2021 - 12:01 pm

El 29 de mayo el diputado a la Asamblea Nacional (AN) electa en diciembre de 2020 Freddy Bernal informó que han tenido «obstáculos para abrir (sic) la frontera con Colombia» debido a supuestos desacuerdos con el gobierno del vecino país para fijar los protocolos de bioseguridad

Pocas horas después de decretar el cierre fronterizo con Venezuela por tres meses más, hasta el 1ro de septiembre, el gobierno de Colombia cambió de opinión y ordenó la reapertura gradual de los pasos fronterizos con su vecino.

Tras recibir críticas y peticiones por parte del empresariado de Cúcuta, al que le urge la normalización del tránsito binacional debido a las actividades comerciales que genera la dinámica migratoria en la zona, el Ministerio de Interior emitió la Resolución 0746 del 1 de junio de 2021.

El documento resuelve «autorizar a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, la reapertura gradual de los pasos terrestres y fluviales de la frontera con la República Bolivariana de Venezuela, a partir de las 00:00 horas del 2 de junio de 2021, sin perjuicio de que se continúen aplicando las medidas de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social».

En esta resolución, Migración Colombia estableció regulaciones para controlar el tránsito entre ambos países, con un horario de entrada y salida, así como un sistema de pico y cédula.

El documento, publicado en la cuenta de Twitter de la Cámara de Comercio de Cúcuta, reveló que más de 25% oficiales de migración fueron desplegados en todos los puestos de control migratorio de la frontera con Venezuela para empezar a trabajar desde este miércoles 2 de junio.

Se estableció un sistema de horarios para cada puesto fronterizo, que funciona de la siguiente manera en las siguientes horas colombianas:

Puesto de Control Migratorio de Paraguachón, en La Guajira: 8:00 am a 4:00 pm

Puestos de Control Migratorio Fluviales de Puerto Carreño e Inirida: 6:00 am a 5:00 pm

Puesto de Control Migratorio del Puente Internacional José Antonio Páez, en Arauca: 6:00 am a 6:00 pm.

Puestos de Control Migratorio Terrestres ubicados en Norte de Santander: 6:00 am hasta las 5:00 pm

Puentes Simón Bolívar y Francisco de Paula Santander: 3:00 pm a 5:00 pm.

Puesto de Control Migratorio de Puerto Santander: 6:00 am a 4:00 pm.

Por otra parte, el sistema de pico y cédula establece que los días pares solo ingresarán las personas cuyo terminal de cédula sea par (2, 4, 6, 8 y 0), mientras que en los días impares solo accederán aquellos con un terminal impar (1, 3, 5, 7 y 9). En el caso de los niños, ingresarán según los documentos de sus representantes.

Esta autorización solo avala el ingreso a departamentos fronterizos entre Colombia y Venezuela. Si algún venezolano necesita continuar su recorrido hacia el interior del país o un tercer destino, deberá cumplir también con otros requisitos.

La autoridad migratoria requiere «diligenciamiento del aplicativo Check-Mig, el tener un tiquete de salida del país, una reserva hotelera o carta de invitación, recursos económicos para su manutención y documentos de viaje válidos y vigentes».

Cierre impopular

Apenas horas antes, el Decreto 580 del Ministerio del Interior ordenaba el cierre de los pasos terrestres y fluviales a lo largo de los más de 2.219 kilómetros de frontera que tiene el país vecino con Venezuela por tres meses hasta el 1º de septiembre.

De acuerdo con el documento, se exceptuaban del cierre de frontera las actividades relacionadas con la emergencia humanitaria, el transporte de carga y mercancía, un caso fortuito o de fuerza mayor y la salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.

«Quienes desarrollen las excepciones establecidas en el presente artículo deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud para el control de la covid-19 y deberán atender las instrucciones que, para evitar su propagación, adopten o expidan los diferentes ministerios y entidades del orden nacional y territorial», señala el Decreto.

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