El Banco Central de Venezuela (BCV) autorizó la fijación de créditos según el tipo de cambio, los cuales serán reflejados en Unidad de Valor de Crédito (UVC).
La institución financiera explicó que para obtener la UVC, se debe dividir el total del préstamo en bolívares entre el Índice de Inversión (IDI) que se maneja a la fecha según la cotización del BCV.
En tal sentido, los intereses anuales del BCV irán de 4% a 10% para los comerciales y microcréditos. Por su parte, a la Cartera Productiva Única Nacional se mes cobrará el 2% del préstamo anual.
Así mismo, los empleados y directivos de entidades bancarias no podrán optar por este tipo de préstamos.
Aquellos préstamos dados a través de una tarjeta de crédito que superen las 20 mil 400 UVC tendrán un interés anual de 10% o más según el monto.
La resolución también explica que las personas naturales quedan excluidas de los préstamos comerciales por concepto de “créditos nómina” por un monto inferior a las 20 mil 400 UVC.
Así mismo, las operaciones de descuento, redescuento y anticipo del BCV tendrán un 12% de interés anual.